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CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO
Términos Importantes de su Cuenta de Tarjeta de Crédito
Tasas de Interés y Cargos por Intereses · Tasas de Interés y Cargos por Intereses Tasa Porcentual Anual (APR) para Compras · 28.99% Cómoevitar pagar intereses sobre compras · Su fecha de vencimiento es al menos 23 días después del cierre de cada ciclo de facturación. No le cobraremos intereses sobre las compras si usted paga la totalidad de su saldo cada mes a más tardar en la fecha de vencimiento. Cargo Mínimo por Intereses · Si se le cobran intereses, el cargo no será inferior a $1.00. Para obtener sugerencias sobre Tarjetas de Crédito de la Oficina para la Protección Financiera del Consumidor · Para obtener más información acerca de los factores que se deben tener en cuenta al solicitar o usar una tarjeta de crédito, visite el sitio Web de la Oficina para la Protección Financiera del Consumidor en https://www.consumerfinance.gov/es.
Cuotas y cargos Cuotas y cargos Cuota Anual · Ninguna Cargos por Penalidad • Pago atrasado · Hasta $40.00
Cómo calcularemos su saldo: Usamos un método denominado 'saldo diario promedio (incluidas nuevas compras)' . Consulte su Contrato para obtener más detalles.
Derechos en relación con la facturación: Puede encontrar información sobre sus derechos para disputar transacciones y sobre cómo ejercer esos derechos en su Contrato.
Cómo calcularemos sus Cargos por Penalidad: El cargo será el monto que resulte menor entre el Pago Mínimo Adeudado o $29.00. Para cualquier evento posterior que ocurra en el transcurso de un período ininterrumpido de seis ciclos de facturación, el cargo será el monto que resulte menor entre el Pago Mínimo Adeudado o $40.00.
La información relacionada con el costo del crédito descrito en este Contrato es correcta al mes de octubre de 2022. Esta información podría haber cambiado después de esa fecha. Para obtener información acerca de los posibles cambios, llámenos al 1-800-459-8451.
ACUERDO DE ARBITRAJE
Arbitraje Obligatorio. Usted y Wells Fargo Bank, N.A. (el 'Banco'), incluidos los cesionarios, representantes, empleados, funcionarios, directores, accionistas, compañías matrices, subsidiarias, filiales/afiliadas, predecesores y sucesores del Banco, acuerdan que si surge una Disputa (según se define a continuación) entre usted y el Banco, a solicitud de usted o del Banco, la Disputa se resolverá mediante el siguiente proceso de arbitraje. No obstante, el Banco no iniciará un arbitraje para cobrar una deuda de consumidores, pero se reserva el derecho de llevar a arbitraje todas las otras disputas con sus clientes consumidores. Una 'Disputa' es cualquier desacuerdo entre usted y el Banco que no haya sido resuelto. Incluye todo desacuerdo que se relacione de alguna forma con su Cuenta de Tarjeta de Crédito (la 'Cuenta') o servicios relacionados. Incluye reclamos basados en promesas o contratos incumplidos, actos ilícitos u otras acciones ilegítimas. Además, incluye los reclamos establecidos por ley, por el derecho común y por el derecho de equidad. Una Disputa también incluye cualquier desacuerdo con respecto al significado o la aplicación de este Acuerdo de Arbitraje. Este Acuerdo de Arbitraje continuará en vigencia después del pago o cierre de su Cuenta. Usted entiende y acuerda que tanto usted como el Banco renuncian al derecho a un juicio por jurado o a un juicio ante un juez en un tribunal público. Como única excepción a este Acuerdo de Arbitraje, usted y el Banco conservan el derecho de presentar ante un tribunal de reclamos de menor cuantía cualquier Disputa que esté comprendida dentro de la jurisdicción de dicho tribunal. Si usted o el Banco no se someten al arbitraje obligatorio después de formulada una demanda legítima, la parte que incumpla será responsable de todos los costos y gastos incurridos por la otra parte al hacer valer el arbitraje.
Procedimiento de arbitraje; Divisibilidad. Usted o el Banco podrán someter, en cualquier momento, una Disputa a arbitraje obligatorio, no obstante se haya presentado o no una demanda o iniciado otro procedimiento anteriormente. Ni usted ni el Banco tendrán derecho a unir o consolidar disputas a favor o en contra de otros en ningún arbitraje, ni a incluir en ningún arbitraje disputa alguna formulada en calidad de representante o miembro de una demanda colectiva, ni a actuar en calidad de abogado particular que actúa en el interés público. Cada arbitraje, incluida la selección del (de los) árbitro(s), será administrado por la Asociación Americana de Arbitraje (AAA), u otro administrador que usted y el Banco escojan de mutuo acuerdo (se hará referencia de aquí en adelante a la AAA o al administrador que se escoja de mutuo acuerdo como el 'Administrador del Arbitraje'), de acuerdo con las Reglas de Arbitraje Comercial y los Procedimientos Suplementarios para Disputas Relacionadas con el Consumidor (las 'Reglas de la AAA'). En la medida en que exista alguna discrepancia entre las Reglas de la AAA y este Acuerdo de Arbitraje, este Acuerdo de Arbitraje prevalecerá. El (los) árbitro(s) debe(n) ser miembro(s) del colegio de abogados del estado donde se lleve a cabo el arbitraje, con especialización en el derecho sustantivo pertinente al tema de la Disputa. Usted y el Banco (las 'Partes') acuerdan que en esta relación: (1) Las Partes están participando en transacciones que involucran el comercio interestatal; y (2) este Acuerdo de Arbitraje y cualquier arbitraje resultante se regirán por las disposiciones de la Federal Arbitration Act (Ley Federal de Arbitraje, Título 9 del Código de Estados Unidos) y, en la medida en que cualquier disposición de esa Ley sea inaplicable, no ejecutable o no válida, por las leyes del estado de Dakota del Sur. Si se determina que alguna disposición de este Acuerdo de Arbitraje que trata sobre una demanda colectiva, arbitrajes colectivos, acciones presentadas por un abogado particular que actúa en el interés público, otra acción representativa, unión o consolidación es ilegal o no ejecutable, dicha disposición no válida no se podrá separar del conjunto y este Acuerdo de Arbitraje será no ejecutable en su totalidad.
Conservación de derechos. Este Acuerdo de Arbitraje no prohíbe a las Partes el ejercicio de cualquier derecho legítimo o el uso de cualquier otro recurso disponible para conservar, ejecutar u obtener posesión de bienes raíces o bienes muebles, ejercer recursos de autoayuda, incluidos los derechos de compensación y recuperación, u obtener recursos provisionales o auxiliares, tales como mandatos judiciales, secuestro de bienes, embargo de bienes en posesión de terceros o el nombramiento de un síndico por parte de un tribunal con jurisdicción competente. Toda ley de prescripción aplicable a una Disputa se aplica a todo arbitraje entre las Partes. Las disposiciones de este Acuerdo de Arbitraje continuarán en vigencia luego de la terminación, la modificación o el vencimiento de la Cuenta o de cualquier otra relación entre usted y el Banco.
Cargos y gastos del Arbitraje. Los cargos del arbitraje se determinarán por las reglas o los procedimientos del Administrador del Arbitraje, a menos que estén limitados por la ley aplicable. Consulte con el Administrador del Arbitraje para determinar los cargos aplicables a todo arbitraje que usted pudiera presentar. Si la ley aplicable del estado en el cual usted abrió su Cuenta limita el monto de los cargos y gastos que usted deba pagar, entonces ninguna asignación de cargos y gastos que se le haga a usted podrá exceder esa limitación. El Banco pagará todos los costos que se requieran en virtud de las reglas y los procedimientos del Administrador del Arbitraje, y sujeto a la ley aplicable. Si el árbitro decide a su favor sobre cualquier Disputa presentada, el Banco le reembolsará los cargos de solicitud del arbitraje que usted haya pagado hasta $700.00. A menos que la ley aplicable establezca lo contrario, cada una de las partes pagará los honorarios de sus abogados, expertos y testigos. Esta regla se aplica sin importar cuál de las partes gane el arbitraje.
Military Lending Act (Ley de Préstamos para Militares). El Acuerdo de Arbitraje no se aplica en su caso si usted está cubierto por la Military Lending Act (Ley de Préstamos para Militares) ni las disposiciones de renuncia a los derechos de presentar recursos legales en virtud de cualquier ley estatal o federal en la medida requerida por la Ley de Préstamos para Militares. Consulte el Aviso sobre la Military Lending Act (Ley de Préstamos para Militares) en el Contrato para obtener más información.